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martes, 30 de marzo de 2010

JNE establece número de autoridades ediles y regionales que serán elegidas en octubre


Aplicando la metodología de la cifra repartidora, el jurado determinó que Amazonas tendrá 7 consejeros; Ancash 20; Apurímac 7; Arequipa 8; Ayacucho 11; Cajamarca 13; Cusco 13 y Huancavelica 7.
Fachada del Jurado Nacional de Elecciones. Foto: ANDINA / Archivo/ Carlos Lezama.  
  • Fachada del Jurado Nacional de Elecciones. Foto: ANDINA / Archivo/ Carlos Lezama.
  • Lima, mar. 30 (ANDINA).- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció, mediante resolución, el número de consejeros regionales que serán elegidos en las elecciones del próximo 3 de octubre, en total 169 en el conjunto de las 25 regiones, así como la cifra de regidores provinciales y distritales.
    En cumplimiento a lo que dispone el artículo 6 de la Ley de Elecciones Regionales, modificado por la Ley 29470, el consejo regional será integrado por un mínimo de siete y un máximo de veinticinco consejeros.
    Aplicando la metodología de la cifra repartidora, el jurado determinó que Amazonas tendrá 7 consejeros; Ancash 20; Apurímac 7; Arequipa 8; Ayacucho 11; Cajamarca 13; Cusco 13 y Huancavelica 7.
    Huanuco estará compuesto por 11 consejeros; Ica 7; Junín 9; La Libertad 12; Lambayeque 7; Lima 9; Loreto 7; Madre de Dios 7 y Moquegua 7.
    Igualmente, Pasco 7; Piura 8; Puno 13; San Martín 10; Tacna 7, Tumbes 7; Callao 7 y Ucayali 7. 
    Autoridades municipales
    En cuanto al número de regidores provinciales y distritales, éste fue determinado de acuerdo a la proporción de su población, no debiendo ser, en ningún caso, inferior a cinco ni mayor de quince,  con excepción al Concejo Provincial de Lima que tendrá treinta y nueve regidores.
    Así, el jurado determinó que en aquellos distritos y provincias que superen los 500 mil pobladores tendrán 15 regidores; los que tengan entre 300,001 y 500,000, 13; entre 100,000 y 300,000, 11; entre 50,000 y 100,000, 9; entre 25,000 y 50,000, 7; y menos de 25 mil, 5 regidores.
    El ente electoral indicó que el número de autoridades regionales y municipales fue calculado en base a la población electoral existente en el padrón electoral actualizado al 21 de febrero de 2010 y que fue remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
    Asimismo, estableció estos rangos en función al número de población total registrada al 21 de octubre de 2007, en cada distrito, provincia y departamento del país, registrado en los resultados de los Censos Nacionales de Población y Vivienda realizados en octubre de 2007.
    (FIN) MMQ/GCO

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