Las personas elegidas son pasibles de una fuerte multa si no cumplen con su deber cívico.
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Los elegidos tendrán una capacitación virtual para ejercer su deber adecuadamente. |Fuente: Andina |
Este viernes las sesenta Oficinas Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de todo el país sortearon a 463,608 ciudadanos que tendrán la responsabilidad de
desempeñar el cargo de miembros de mesa, titular y suplente, en las elecciones de abril próximo.
Los miembros de mesa son ciudadanos o ciudadanas que constituyen las autoridades de una mesa de sufragio el día de la elección y sus funciones están claramente diferenciadas, según la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Así, el presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales, mientras que el secretario y el tercer miembro tienen la obligación de apoyar las tareas en los tres momentos de la elección: instalación, sufragio y escrutinio.
Obligaciones y multas
El día de las elecciones, el domingo 10 de abril, los miembros de mesa deben apersonarse a sus locales de votación antes de las 07:30 horas para la instalación de sus mesas y el inicio del sufragio a las 08:00 horas.
Cabe precisar que no pueden ser miembro de mesa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, así como los funcionarios y empleados de los organismos electorales y los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realicen funciones para la prevención e investigación de los delitos electorales.
Tampoco pueden ser miembros de mesa los funcionarios de la Defensoría del Pueblo, las autoridades políticas, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, entre otros.
La multa por no ejercer el cargo de miembro de mesa es de S/197.50 soles, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).