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lunes, 30 de noviembre de 2009

Los libros contables serán electrónicos desde julio

La resolución que implementará estos documentos se podrá consultar enSunat Virtual por 30 días. Luego de su publicación oficial, los usuarios dispondrán de un sistema de registro electrónico para el llevado de los libros y registros contables en reemplazo del tradicional formato impreso, lo que reduce los costos de formalización debido a que ya no se tendrán que imprimir, legalizar ni almacenar físicamente.
Fuente:Peru21.com

Más facilidades para la formalización. (USI)

En el marco de la simplificación de los trámites ciudadanos, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) permitirá que, a partir de julio de 2010, los contribuyentes puedan llevar libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, y ya no en físico.

La resolución que implementará estos documentos se podrá consultar enSunat Virtual por 30 días. Luego de su publicación oficial, los usuarios dispondrán de un sistema de registro electrónico para el llevado de los libros y registros contables en reemplazo del tradicional formato impreso, lo que reduce los costos de formalización debido a que ya no se tendrán que imprimir, legalizar ni almacenar físicamente.

Los contribuyentes que utilicen el nuevo sistema tendrán que generar un archivo virtual (en forma de texto) conteniendo la información de sus operaciones contables, que será validado por el Programa de Libros Electrónicos (PLE), módulo desarrollado por el ente recaudador y disponible en su página web.

Cuando finalice el proceso de registro de los datos contables, el soporte electrónico emitirá una constancia. Cabe precisar que para poder utilizar el nuevo sistema se deberá contar con una clave SOL, que se puede obtener sin costo alguno en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de la administración tributaria.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisó que la Sunat, conjuntamente con los gremios empresariales y algunas empresas, viene trabajando en la implementación de los libros electrónicos, cuya afiliación al sistema virtual será opcional y podrá ser realizado por el sujeto perceptor de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL, ya sea que se encuentre en el Régimen General o Especial del Impuesto a la Renta e inclusive para la microempresa y pequeña empresa (MYPE).

Con el fin de evitar sobrecostos innecesarios a los contribuyentes, tal como lo ha solicitado la CCL, la entidad recaudadora también anunció que los requisitos mínimos y los nuevos formatos de libros contables (que debían de regir desde el 1 de enero) igualmente serán diferidos hasta julio del 2010, para que se apliquen conjuntamente con las nuevas reglas sobre libros electrónicos.

El gremio empresarial refirió que la postergación es adecuada pues se requiere no solo de cambios en los programas de cómputo –que resultan sumamente onerosos– sino que además, exige un período de aprendizaje por parte del personal encargado de su manejo, con el correspondiente costo para los agentes económicos.