El objetivo del dispositivo promulgado por el presidente de la República Alan García a través de un Decreto Supremo, es lograr la modernización de las entidades y la revalorización del servidor público.
La norma que saldrá publicada mañana en el Diario Oficial El Peruano, abarca a las entidades públicas, comprendidas dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
Las empresas del Estado sujetas al ámbito de competencia del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) coordinarán a través del citado organismo y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) la definición y aplicación de sus políticas de evaluación y capacitación.
No están incluidos en la norma el personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú ni los trabajadores comprendidos en la Carrera Judicial del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Según el Reglamento, la planificación del desarrollo de los trabajadores estatales se implementará a partir de la elaboración y posterior presentación que las entidades públicas hacen a SERVIR de su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado (PDP).
Para la elaboración del mencionado plan, cuya vigencia será de 5 años, la entidad deberá contar con un comité integrado por un representante de la Alta Dirección, de la Oficina de Presupuesto, de la Oficina de Recursos Humanos y de un representante elegido por los mismos trabajadores.
En el PDP se deberá consignar información sobre la evaluación de medición de competencias y de logro de metas, las actividades de capacitación, con miras a elevar el rendimiento del personal así como el financiamiento de las mismas.
(FIN) NDP/GCO
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