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domingo, 9 de agosto de 2009

Multas por incumplimiento de Ley de Discapacidad se aplicarán sin esperar reglamento, precisa Conadis

La falta de señalización Braille en ascensores, la ausencia de rampas en la vía pública o el no reservar el 5% de las vacantes para discapacitados en las universidades, son algunas de las faltas más frecuentes que se cometen contra este grupo poblacional,
  • Multas por incumplimiento de Ley de Discapacidad se aplicarán sin esperar reglamento
  • Lima, ago. 09 (ANDINA)- Las multas de hasta 42 mil 600 soles contempladas en la Ley General de la Persona con Discapacidad pueden aplicarse de inmediato, pese a que el reglamento de dicha norma saldrá recién a fin de año.

    Así lo indicó el presidente del Consejo Nacional para la Integración de Personas con Discapacidad (Conadis), Guillermo Vega Espejo, al precisar que la ley, antes que el reglamento, tiene capacidad ejecutiva a nivel nacional.
    “La sexta disposición complementaria de la norma dice que la falta de reglamentación de alguna disposición de esta ley no es impedimento para su aplicación y exigencia”, explicó.
    A su vez, indicó que de constatarse alguna infracción a la citada norma, las personas con discapacidad pueden hacer efectivas sus denuncias ante el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Conadis o la Defensoría del Pueblo.
    Detalló que las multas serán interpuestas por el Mimdes y se está desarrollando un convenio de gestión con el Banco de la Nación para el pago de las mismas.
    La falta de señalización Braille en ascensores, la ausencia de rampas en la vía pública o el no reservar el 5% de las vacantes para discapacitados en las universidades, son algunas de las faltas más frecuentes que se cometen contra este grupo poblacional, indicó.
    Agregó que otras faltas recurrentes a dicha norma son las edificaciones arquitectónicas que no cuentan con señales Braille.
    El presidente del Conadis manifestó sentir alegría por la elaboración de esta ley tan esperada por la sociedad civil.

    “Creemos que al existir sanciones por incumplimiento a la norma va a prevalecer el respeto de las leyes a personas con discapacidad”, manifestó.
    A su vez, subrayó que esta ley es válida para todas aquellas personas que sufren discapacidad, sea cual fuere el motivo que los llevó a tener esta condición, ya sea accidentes de tránsito, males congénitos, accidentes de trabajo o minas antipersonales, entre otros.
    Vega Espejo puntualizó que el 10 por ciento de la población, casi tres millones de peruanos, tienen alguna discapacidad siendo las más sensibles, las de orden sensorial como la ceguera y la sordera.

    Las infracciones que se aplicarán al amparo de la Ley de la Persona con Discapacidad están clasificadas en leves, graves y muy graves.

    Las infracciones leves van de media Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a 2 UIT. Las infracciones graves tienen multas que van de 2 a 8 UIT y las infracciones muy graves tienen multas que van desde 8 hasta 12 UIT (42 mil 600 soles).
    (FIN) RST/RRC

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