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martes, 21 de julio de 2009

El nuevo Código de Tránsito


Fuente: Expreso.
cXXuadro1Hoy entra en vigencia el Nuevo Código de Tránsito, el mismo que ha sufrido algunas modificaciones desde que se publicó su contenido en el diario El Peruano, el pasado 22 de abril del presente año. Ello, debido a las mesas de diálogo sostenidas entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y el gremio de transportistas, que mostraron su rechazo a algunas medidas establecidas en esa norma. Con el Código de Tránsito, entra en vigencia el Sistema de Puntos --aprobado por el Congreso de la República--, el mismo que sumará puntos por cada infracción que cometan los conductores, los que serán acumulables durante dos años (por un máximo de 100) y canjeables por cursos de capacitación. Ese récord quedará registrado con el número del DNI. EXPRESO, siempre al servicio de sus lectores, publica a continuación algunas de las principales sanciones establecidas en ese código.

* No detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escolar debidamente identificado que está recogiendo o dejando escolares.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
Acumula 50 puntos.

* No detenerse al llegar a un cruce ferroviario o reiniciar la marcha sin haber comprobado que no se aproxima tren o cruzar la vía férrea por lugares distintos a los cruces establecidos.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
Acumula 50 puntos.

* Circular en sentido contrario al tránsito autorizado.
Muta: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Cruzar una intersección o girar, estando el semáforo con luz roja y no existiendo la indicación en contrario.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Desobedecer las indicaciones del agente PNP asignado al control del tránsito.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Conducir vehículos sin cumplir con las restricciones que consigna la licencia de conducir.
Muta: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* No respetar los límites máximo o m'nimo de velocidad establecidos.
Muta: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Detenerse para cargar o descargar mercancías en la calzada y/o en los lugares que puedan constituir un peligro u obstáculo o interrumpa la circulación.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* No dar preferencia de paso a los vehículos de emergencia y vehículos oficiales cuando hagan uso de sus señales audibles y visibles.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 50 puntos.

*Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

*Conducir un vehículo sin contar con el SOAT o Certificado de Accidentes de Tránsito, cuando corresponda, o éstos no se encuentren vigentes.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

*Deteriorar intencionalmente, adulterar, destruir o sustraer las placas de exhibición, rotativa o transitoria.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

* Tramitar u obtener duplicado, recategorización, revalidación, canje o nuevo brevete, por el infractor cuya licencia de conducir se encuentre retenida, suspendida o cancelada o se encuentre inhabilitado para obtenerla.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

Además de la suspensión de la licencia de conducir por el doble del tiempo que se encontraba suspendida; o la inhabilitación definitiva del conductor.

*Circular produciendo ruidos que superen los límites máximos permisibles.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 50 puntos.

*Voltear en U sobre la misma calzada, en las curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 20 puntos.

*Transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos.
Multa: S/. 426 (12% UIT).
Antes: S/. 142 (4% UIT).
+ 20 puntos.

*Conducir un vehículo haciendo uso de teléfono celular, radio portátil o similar o cualquier otro objeto que impida tener ambas manos sobre el volante de dirección.
Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

* No hacer señales ni tomar las precauciones para girar, voltear en U, pasar de un carril de la calzada a otro o detener el vehículo.
Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

* No ubicar el vehículo con la debida anticipación en el carril donde va a efectuar el giro o volteo.
Multa: Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

* No utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.
Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

* Girar estando el semáforo con luz roja y flecha verde, sin respetar el derecho preferente de paso de los peatones.
Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

* Conducir vehículos que tengan lunas o vidrios polarizados o acondicionados de modo tal que impidan la visibilidad del interior del vehículo, sin la autorización correspondiente.
Multa: S/. 284 (8% UIT).
Antes: S/. 71 (2% UIT).
+ 20 puntos.

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